07 junio, 2016

El Ejido de Labor Vieja - Su historia. Parte 4

La incertidumbre
Ejido de Labor Vieja - la incertidumbre
Vista hacia "El Gonzal" - Fotografía actual

Más de un año había pasado desde que los de Labor Vieja habían hecho solicitud de tierras al gobierno del Estado, y ninguna respuesta al respecto había. La solicitud había sido puesta desde el 9 de Marzo de 1924 y ya el año de 1925 corría. La incredulidad en las promesas del gobierno comenzaba a manifestarse. ¿Cómo iba a ser posible que el Gobierno les cediera las tierras que actualmente eran del hacendado? Sin embargo había algo que no cuadraba ya que los de “El Refugio” y los de “San Diego” ya contaban con una Resolución provisional de tierras de parte del gobierno del Estado. Por el representante de la Comisión Local Agraria, sabían que el expediente continuaba en manos del Gobernador esperando una definición, por lo que animándose decidieron pugnar por una respuesta ahora en México ante el Secretario de Agricultura y Fomento, y al mismo tiempo también ante el mismo Presidente de la República don Plutarco Elías Calles. Rápidamente los de Labor Vieja redactaron los siguientes documentos.

- Para el secretario de agricultura y fomento[1] (copia fiel).
C. Secretario de  Agricultura y Fomento, México D. F.
Los suscritos, miembros del Comité Particular Ejecutivo del rancho de Labor Vieja perteneciente a la Hacienda de La Noria, Municipalidad de Ciudad Fernández, ante usted, con el respeto debido exponemos: que desde el día nueve de Marzo del año pasado de 1924, hicimos solicitud de ejidos para los vecinos de este rancho de acuerdo con lo que previene el artículo 3º de la Ley de 6 de Enero de 1915 y el artículo 27 Constitucional; que han transcurrido ya hace tiempo el plazo de cuatro meses  que fija el artículo 3º del Decreto de 17 de Abril de 1922, y nada se ha resuelto en el sentido que solicitamos; que la Circular número 11 de la Dirección Auxiliar, tratándose de posesiones provicionales, indica que deberán simplificarse los procedimientos, a fin de que en el menos tiempo posible se dote a los solicitantes de tierras ejidales. Y como está muy próxima la estación de las lluvias época en que hacemos las siembras, deseamos los vecinos Oficios de usted para que dirigiéndose a donde corresponda inmediatamente y sin más pérdida de tiempo se proceda a la dotación provicional o definitiva según halla lugar.
Protestamos a Usted nuestro respeto y atención
Sufragio Efectivo. No Reelección
Labor Vieja, Abril 1º de 1925
El Pte. del Cmte. Patr. Ejecutivo
Eleno S. Medina
(firma)

El Secretario                         El Tesorero
Porfirio G. Castillo                   Bonifasio Medina
(firma)                       (firma)


- Para el Presidente de la República[2] (copia fiel).
C. Presidente de la República, México D. F.
Los que suscribimos miembros del Comité Particular Ejecutivo de Ejidos del rancho de Labor Vieja perteneciente a la Hacienda de La Noria Municipalidad de Ciudad Fernández, S.L.P., ante usted con el debido respeto exponemos: que desde el día nueve de marzo del año pasado de 1924, hicimos solicitud de ejidos para los vecinos de este rancho de acuerdo con lo que previene el artículo 27 Constitucional; que ha transcurrido ya hace tiempo el plazo de cuatro meses que fija el artículo 3º del Decreto de 17 de Abril de 1922, y nada se ha resuelto en el sentido que solicitamos; que la Circular número 11 de la Dirección Auxiliar tratándose de posesiones provisionales o definitivas previene que deberán simplificarse los procedimientos a fin de que en el menos tiempo posible se dote a los solicitantes de terrenos ejidales; y como está muy próxima la estación de las lluvias, época en que hacemos las siembras, deseamos que de una manera directa dirija sus respetables órdenes  a donde corresponda para que se proceda sin pérdida de tiempo inmediatamente a la dotación de tierras que tanto deseamos. Si nos permitimos dirigir a Usted el presente, es porque ignoramos la causa por lo que el C. Gobernador del Estado, ha permanecido indiferente a nuestra solicitud, después de haber pasado ya tanto tiempo de nuestra petición. En el mes de Octubre del año pasado (1924) nos dijo el Señor Presidente de la Comisión Local Agraria del Estado que nuestro expediente está en manos del Señor Gobernador, y hasta esta fecha no se ha podido resolver nada sobre este particular; entendemos que tal vez por la grande amistad que tiene con los Hacendados que salen afectados con esta dotación ha retardado ésta resolución, pues se nos dijo que si de aquí a dos años no nos dan la posesión, que teníamos que seguir dando el partido como siempre a los Hacendados, y de seguir así causaría esto la desmoralización de los campesinos, que perderían la fe en las promesas de sus gobernantes y en el cumplimiento de las Leyes.
Por lo expuesto a Usted Señor Presidente de la República, ocurrimos suplicando sea atendida nuestra solicitud.
Protestamos a usted nuestro respeto.
Tierra y Justicia
Labor Vieja, Abril 4 de 1925
El Pte. Del Comte. Patr. Ejecutivo
Eleno S. Medina
(firma)

El Secretario                         El Tesorero
Porfirio G. Castillo                  Bonifasio Medina
(firma)                              (firma)

Como se puede ver en estos documentos, la situación era desesperante. De una u otra forma ambos denotan una marcada presión hacia las autoridades demandando una resolución a la voz de ya. La tardanza en la respuesta les hacía presuponer cualquier cosa, incluyendo cierto favoritismo hacia los Hacendados. El temor a represalias los inquietaba. Para los de Labor Vieja la cosa no era sencilla, pues si la decisión no les favoreciera, se las tendrían que ver con el hacendado o en caso contrario emigrar a algún otro lado.

Nótese entre los que firman ambos documentos, por un lado a don Porfirio Castillo y por el otro a don Bonifasio Medina quienes junto con don Eleno, enfrentaban la lentitud del proceso de dotación exigiendo la inmediata atención a la solicitud de tierras, y de igual manera se procediera también inmediatamente a la dotación de las mismas.

Don Porfirio Castillo aun cuando ya había nacido en Labor Vieja, su padre don Norberto Castillo procedía del vecino pueblo de Gallinas y su madre doña Petra Guerrero del de Tapona, de donde habían llegado para formar parte de los del caserío de Labor Vieja. Don Porfirio al igual era de los pocos que sabían leer y escribir. De acuerdo con el censo de 1924[3] en ese año contaba con 35 de edad. Esposo de doña Modesta Martínez originaria por sus padres del cercano pueblo de Milpitas.

Don Bonifasio Medina, tercero entre los hermanos de don Eleno, igual destacaba por ser de los que sabían leer y escribir. Según el censo de 1924[4] en ese año contaba con 38 de edad. Esposo de doña Julia Segura.

De don Eleno Medina se ha hablado brevemente en la Parte 1 de esta historia.

*Párrafo relativo a don Porfirio Castillo, revisado. Nov. 13, 2017.



Fuentes
[1] Carta al Srio. de Agricultura y Fomento, Abril 1º, 1925.
[2] Carta al Presidente de la República, Abril 4, 1925.
[3] Censo L. Vieja Abril 26,1924. Copia certificada H. Delgado, C.L.A. Marzo 23, 1926.
[4] Censo L. Vieja. Abril 26, 1924. Copia certificada H. Delgado, C.L.A. Marzo 23, 1926.

19 marzo, 2016

El Ejido de Labor Vieja - Su historia. Parte 3

Los cuestionamientos de los Hacendados
Hacienda de La Noria - Fachada
Fachada del casco de la Hacienda de La Noria - Fotografía actual

Diversos fueron los cuestionamientos presentados por el Hacendado para evitar la afectación de la Hacienda de La Noria ante la solicitud de tierras de los de Labor Vieja. En carta de su representante al Gobernador, manifestaba don Daniel A. Martínez únicamente ser dueño de la finca rústica denominada La Noria, y que la señora Dolores Martínez de Muriel (su hija) era dueña del “Rancho” llamado Labor Vieja[1]. Que la extensión de La Noria era de 1,829 hectáreas y que debía repartirse entre 5 herederos por lo que a cada uno le tocarían 365 hectáreas. Que el “Rancho” de Labor Vieja solo tenía 230 hectáreas por lo que no podía ser afectado.
La solicitud de los de Labor Vieja, ha de haber inquietado al Hacendado de La Noria, pues al igual que éstos, por el otro lado de la Hacienda los de la “Congregación de La Reforma” también habían hecho recientemente solicitud de tierras al gobierno. Con este antecedente, y previendo posibles afectaciones en su propiedad dado su gran tamaño, el Hacendado se había adelantado y se había deshecho del “Rancho de Labor Vieja” anexo a la misma, vendiéndolo a su hija doña Dolores Martínez de Muriel, y haciendo además que en la escritura de venta apareciera con una superficie de 230 hectáreas, a fin de evitar también, que al igual éste por su gran tamaño resultara afectable. Sin embargo durante el estudio de la Comisión Nacional Agraria (CNA), se encontró que aun cuando la venta del predio se había hecho cuatro días antes de recibida la notificación de afectación de la Comisión Local Agraria, la escritura había quedado registrada hasta siete días después, y según esto, como las ventas efectuadas después de haber sido legalmente notificado a los propietarios de la tramitación de un expediente, se consideran dolosas, fue que entonces para los efectos de la Ley Agraria el traslado de dominio se consideró nulo dado que a todas luces la venta se había hecho para impedir su cumplimiento. Al igual, cuando el predio fue medido por el Ingeniero de la CNA, se encontró que en realidad su superficie no era de 230 hectáreas, sino de 427, lo cual sí lo hacía afectable[2]. Lo anterior se vio reforzado cuando se notó que en la escritura con la que éste había sido adquirido, ésta mostraba una superficie de 394 hectáreas, cantidad que también estaba muy por encima de las 230 reportadas. Por otro lado el hecho de que pertenecería a 5 individuos tampoco prosperó ya que según esto las fincas no deberían disminuirse en su superficie durante la tramitación de una dotación ejidal.
De igual manera cuestionaba la “categoría política” del poblado, pues desde su punto de vista, sin fundamento legal alguno se le había asignado el de “Congregación”, lo cual según él era inexacto, ya que los mismos vecinos de Labor Vieja en su solicitud decían que era un “Rancho”[3]. En una visita del Delegado de la CNA hecha al lugar, concluyó que el poblado de Labor Vieja en realidad era una “Ranchería”[4], por las condiciones del mismo y a como éste había surgido. A este respecto, el delegado lo describía como un conjunto de casas sin simetría, de humilde aspecto, construidas por ellos mismos o por sus antecesores dentro de los terrenos de la Hacienda de La Noria, y que por lo tanto, ellos no eran dueños del terreno donde éstas estaban ni tampoco del que sembraban.
En efecto, el carecer de terrenos propios, su condición de aparceros, y que por otro lado su población era de más de 100 habitantes todo ello los ubicaba dentro de la clasificación de “Ranchería” conforme a la Legislatura Local del Estado en su Decreto 221, segunda fracción[5].
Ahora bien, dado que para tener derecho a dotación, el Reglamento Agrario de Abril de 1922, en su artículo 1° exigía la categoría de “Ranchería”[6], se le solicitó al Gobernador aclaración sobre la de “Congregación” que anteriormente había proporcionado, a lo que contestando manifestó que en realidad era la de “Ranchería”, por lo que las autoridades agrarias desecharon el alegato del Hacendado, por ser la declaración del Gobernador la que hacía prueba plena en un expediente.
Por lo que se ve, al Hacendado le convenía la categoría política de “Rancho”, ya que con ésta se sobreentendía que las casas del poblado de Labor Vieja habían sido construidas con recursos de la Hacienda con el propósito de albergar a sus trabajadores, y por lo tanto no tendrían derecho a dotación de tierras[7].
Entre otros también cuestionaba el que no se le había notificado de la afectación a su Hacienda, asegurando bajo su fe de “hombre honrado”, no haber recibido ningún aviso y que por lo tanto no debería condenársele sin antes habérsele oído, sin embargo en el expediente se encontró que él personalmente había recibido la notificación dado el acuse de recibo que en éste se encontraba.
Cuestionaba también del primer censo[8] que los de Labor Vieja habían presentado, que en él había individuos con un capital mayor a 1000 pesos, que mostraba como jefes de familia a individuos que no lo eran, que había algunos que no existían y que había otros que no pertenecían al lugar.
Al igual que el Hacendado de La Noria, la señorita Ángela García propietaria de la Hacienda de Tecomates, a través de su representante, cuestionaba también el censo manifestando lo siguiente[9].
………. En el censo de referencia figuran varias personas que no son ni han sido jamás vecinos de la Fracción de Labor Vieja y multitud de individuos que tienen un capital mayor de un mil pesos, lo que consta oficialmente, según aparece del mismo censo, por lo que hace a los señores Zenón Salas, Bonifacio Medina, Eleno Medina, Reyes Castillo, Francisco Sánchez, Gerónimo Montalvo, Francisco Montalvo, Leandra Hernández, Timoteo Briones, Perfecto Gámez, Apolonio Medina, José García y Sebastián González, de los cuales varios cuentan con más de quince cabezas de ganado vacuno, varios con más de veinte, habiendo quien tenga veinticinco cabezas de ganado vacuno y ciento cincuenta de ganado menor, sin que ninguno de ellos cuente con menos de ocho cabezas de ganado vacuno o cincuenta de ganado menor, que representan un capital mucho mayor a un mil pesos; en consecuencia, tales individuos no tienen derecho a solicitar ejidos ni a figurar en el censo agrario de acuerdo con lo que terminantemente establece la fracción III de artículo 23 del Reglamento Agrario de 10 de abril de 1922, y deben, por tanto, ser excluidos de él. ……….
Resumiendo y complementando lo anterior en cuanto a número de cabezas de ganado por persona  con lo que en el censo se muestra.
Ganado vacuno
Personas con 8 cabezas               Zenón Salas, Reyes Castillo, Florentino Montalvo
Personas con 10 cabezas             Perfecto Gámez, Sebastián González
Personas con 15 cabezas             José García
Personas con 16 cabezas             Timoteo Briones
Personas con 17 cabezas             Eleno Medina            
Personas con 20 cabezas             Bonifacio Medina
Personas con 25 cabezas             Francisco Sánchez, Gerónimo Montalvo

Ganado caprino
Personas con 50 cabras                Leandra Hernández, Apolonia Medina
Personas con 150 cabras              Francisco Sánchez

La propietaria de la Hacienda de Cieneguilla doña Teresa Verástegui, a través de su representante cuestionaba el censo diciendo, que éste contenía 58 jefes de familia que no eran labradores sino jornaleros y domésticos, y que Cieneguilla no debía ser afectada por no ser inmediatamente colindante.
Como se ve tanto la Hacienda de La Noria como la de Tecomates entre otras cosas en el censo cuestionaban principalmente el capital mayor a 1000 pesos en ganado que algunos tenían, por lo que a continuación se detallan los precios unitarios que en ese entonces para éste se manejaban. Un ejemplar vacuno $40.00, un caballo $50.00, un asno $20.00, un cerdo $10.00, un borrego $5.00, y un chivo $3.50.
Con excepción de la propietaria de la Hacienda de Gallinas, todos los demás afectados (Hacienda de La Noria, Tecomates y Cieneguilla) comparecieron en el expediente de primera instancia oponiéndose a la dotación y objetando el censo, pero sin comprobar sus observaciones[10].
En una segunda y última instancia, doña Dolores Santa Cruz insistía con base a los argumentos arriba expuestos por su finado esposo el Hacendado de La Noria, se negara la dotación definitiva de ejidos a los del caserío de Labor Vieja, y a la vez fuera revocada la resolución que durante la primera instancia había sido dada por el Gobernador[11], por lo que agregando exponía.
………. no creo por demás advertir que los vecinos de “Labor Vieja” no tienen necesidad de tierras para vivir, dado que ya las tienen y cuentan además con animales propios, según los mismos solicitantes lo confiesan. Y como la ley del 6 de Enero de 1915, en su artículo 3o. y su Exposición de Motivos, que se encuentran corroborados tanto por la jurisprudencia del C. Presidente de la República y por la de la Suprema Corte de Justicia, establecen como condición indispensable, para que sea procedente una dotación de tierras, que los solicitantes tengan verdadera necesidad de ellas, lo que no ocurre en el caso, resulta que no hay razón ni derecho que amerite la concesión de ejidos a “Labor Vieja”, por lo que deberá ser negada, revocando o no aprobando la resolución del Gobernador del Estado[12]. ……….
Sin embargo, una vez ante el nuevo Censo de los de Labor Vieja, el cual ya subsanaba las irregularidades del primero (como jefes de familia que no lo eran, personas que no existían y otros que no pertenecían al lugar) y del que eliminando aquellos solicitantes con un capital mayor a 1000 pesos y los de menos de 6 meses de tiempo de vecindad tanto doña Dolores Santa Cruz así como la propietaria de la Hacienda de Tecomates, como únicas fincas resultantes afectadas en esta segunda instancia, ya no hicieron objeciones al mismo[13]. ……….


Fuentes
[1] Informe reglamentario CNA, dotación Labor Vieja p. 12, A. J. Pérez. Marzo 9, 1928.
[2] Informe reglamentario CNA, dotación Labor Vieja p. 11, A. J. Pérez. Marzo 9, 1928.
[3] Informe reglamentario CNA, dotación Labor Vieja p. 13, A. J. Pérez. Marzo 9, 1928.
[4] Informe reglamentario CNA, dotación Labor Vieja p. 3, A. J. Pérez. Marzo 9, 1928.
[5] Ídem
[6] Cambios en el paisaje hidroagrario p. 293,  A. E. Ohmstede.
[7] Cambios en el paisaje hidroagrario p. 295, A. E. Ohmstede. En el Reglamento Agrario del 18 de Abril de 1922 se establecía que los poblados ubicados dentro de las haciendas que no tuvieran definidas ninguna de las categorías políticas señaladas en el artículo 1°, esto es, que se tratara de fincas que hubieran sido construidas con el propósito de alojar a los trabajadores dedicados a la explotación de las mismas propiedades no tendrían derecho a solicitar ejidos, excepto en el caso de que las haciendas hubieran sido abandonadas por sus propietarios y los núcleos de población tuvieran la necesidad de cultivar los terrenos de las inmediaciones con el fin de poder subsistir.
[8] Censo Labor Vieja. Abril 26, 1924. Certificación H. Delgado, Marzo 23, 1926.
[9] Objeciones de Hda. de Tecomates al censo de L. Vieja. B. Noyola, Agosto 30, 1924.
[10] DOF Octubre  24, 1928 p. 7. Resol. Presidencial CNA, Labor Vieja. Julio 5, 1928.
[11] Ídem
[12] Objeción Hda. de La Noria a dotación de ejidos. Dolores Sta. Cruz, Mayo 21, 1928.
[13] DOF Octubre 24, 1928 pp. 7, 8. Resol. Presidencial CNA, Labor Vieja. Julio 5, 1928.

10 octubre, 2015

El Ejido de Labor Vieja - Su historia. Parte 2

Solicitud de dotación
Labor Vieja
Vista panorámica de Labor Vieja - Fotografía actual

Ante la deprimente situación de pobreza que vivían los del poblado del Rancho de Labor Vieja, y con el antecedente de los de "El Refugio" y los de "La Reforma" que recientemente habían hecho solicitud de tierras al gobierno acogiéndose al decreto de don Venustiano Carranza del 6 de Enero de 1915, fue que entusiasmados y con la esperanza de contar con las suyas propias, venciendo su temor se animaron a hacer lo mismo. Rápidamente se redactó una solicitud en la que firmaron los que sabían hacerlo, (21) y los que no, (81) solamente su nombre anotado por alguien más.
Dicha solicitud[1] fue la siguiente (copia fiel):

C. Gobernador Constitucional del Estado de San Luis Potosí
Los que suscribimos vecinos del Rancho de la Labor Vieja, perteneciente a la Hacienda de la Noria en el Municipio de Ciudad Fernández, ante Ud. con el debido respeto comparecemos y exponemos: que en uso del derecho que nos concede el artículo 27 fracción VI de la Constitución Federal vigente, y hallándonos comprendidos en el artículo 3° de la Ley de 6 de Enero de 1915 venimos a solicitar de Ud. se nos dote de las tierras indispensables para nuestras labores agrícolas y que formarán nuestro Ejido del cual carecemos actualmente, siendo por tal motivo precaria nuestra situación y nula nuestra independencia política y social, pues sembramos en terrenos de la Hacienda citada la que nos recoge mitad unas veces, y el tercio otras de la cosecha como partido, y obligándonos a trabajar en los quehaceres de la misma Hacienda, pagándonos el insignificante jornal de 40 centavos por tarea diaria, amenazándonos el Administrador con la eterna tonada de que desocupemos la casa sino salimos al trabajo, y aceptamos mal que nos pese la humillante tutoría física y moral del Hacendado y sus Administradores y encargados de la finca.. Estamos limitados al Norte con la Hacienda de “Diego Ruiz”, propiedad de Manuel Palomo Herederos, al Oriente con la misma Hacienda de “La Noria” propiedad del Señor Daniel Martínez; al Sur con la Hacienda de “Tecomates” propiedad de Don Casimiro García; y al Poniente con la Hacienda de “Gallinas” propiedad de la Señora Ángela Aristi. Por pasteo de nuestros animales, nos cuesta anualmente $7.00 por cabeza de ganado vacuno; pues en cada una de las Haciendas mencionadas pagamos cuota más o menos de un peso cincuenta centavos en unas; y dos pesos en otras. La categoría del lugar en que vivimos es Rancho que forma parte de la Fracción de La Noria del Municipio de Ciudad Fernández. Por lo que se refiere a número de hombres mayores de 18 años aproximadamente somos 110 ciento diez.
Y de conformidad con lo que dispone el artículo 6° de la presitada Ley de 6 de Enero de 1915, a Usted Ciudadano Gobernador, respetuosamente pedimos se digne previos los trámites correspondientes, acordar de conformidad con nuestra solicitud.
Protestamos lo necesario
Tierra y Justicia
Labor Vieja, Marzo 9 de 1924.

Eleno Medina                                Clemente Esparza
(firma)                                       (firma)
Porfirio G. Castillo
(firma)
Bonifasio Medina                           Urbano Segura
(firma)                                       (firma)
Zeferino Badillo
(firma)
Martín Badillo                               Cornelio Medina
(firma)                                       (firma)
Mateo Martínez                              Félix Martínez
(firma)                                       (firma)
Cirilo Cruz                                    Anastasio Rangel
(firma)                                       (firma)
Julio Montealvo                              Gerónimo Esparza
(firma)                                       (firma)
Genaro Medina                              Miguel Badillo
(firma)                                       (firma
Ysabel Castillo                               Luis de Latorre
(firma)                                       (firma)
M. Narcisa García                            Miguel F. Tristán
(firma)                                       (firma)
Hermenegildo Juárez
(firma)

Lista de los C.C. que son conformes con la petición de Ejido y que no saben firmar.
Eugenio Guerrero                            Margarito Méndez
Blas Sánchez                                  Higinio García
Leonardo Morales                            Sevastián Morales
Guadalupe Morales                           Asención Morales
Febronio Palacio                             Telésforo Bolaños
Sergio Palacio                                Epifanio Torres
Lino Morales                                  Romualdo Badillo
Porfirio Rangel                               Margarito Torres
Antonino Rangel                             Atanacio Rosas
Juan Rocha                                   Antonio Castillo
Encarnación Castillo                        Gregorio Castillo
Zenón Salas                                   Cornelio Silva
Delfino Salas                                 Canuto Silva
Cirilo Rangel                                 Matilde Mejía
Abundio Esparza                             Policarpo Mejía
Eusebio Rangel                               Cecilio Castillo
Víctor Cruz                                    Regino Castillo
Máximo Medina                               Julio Mejía
Refugio Montalvo                             Gabino Castillo
Antonio López                                 Nicanor Nava
Felipe López                                   Heciquio Games
Juvencio Montalvo                            Perfecto Games
Pilar Montalvo                                Ponciano Games
Gerónimo Montalvo                           Epigmenio Games
Andrés Segura                                 Perfecto Games
Macario Segura                               Timoteo Briones
Epigmenio Montalvo                          Epifanio Castillo
Florentino Montalvo                          Marciano Castillo
Carmen Montalvo                             Abdón Briones
Cenobio Martínez                             Bonifacio Hernández
Maximiano Badillo                           Juan Hernández
Feliciano Castillo                             Matilde Martínez
Anastacio Álvarez                             Pedro Medina
Constancio Castillo                           Ynés Medina
José Ángel Montalvo                          Francisco Sánchez
Natividad Sánchez
Atilana Badillo
Florentina Badillo
Cristina Castillo
María Medina
Natalia Hernández
Urbana Sánchez
Juan Ventura
Juan Segura
Cruz Juárez
Cipriano Morales
                              Labor Vieja, Marzo 9 de 1924
                        a ruego de los que constan en ésta lista
                 Eleno Medina
                 (firma)
                 Victoriano Martínez
                 (firma)
                 Cornelio Ferrétiz
                 (firma) 

Labor Vieja
Los que sabían firmar - Fragmento de la solicitud de dotación

Como se ve, muchos fueron quienes venciendo su temor se anotaron en la solicitud. La decisión no ha de haber sido sencilla, pues el Hacendado por muchas generaciones había sido el personaje dominante. Cuando éste en sus recorridos por los terrenos de la Hacienda se llegaba a cruzar con los trabajadores, la costumbre ante él era ponerse rápidamente de pie descubriéndose e inclinando la cabeza, al mismo tiempo que colocando el sombrero sobre el pecho se bajaba la mirada[2]. No obstante, el hambre y la necesidad dieron ánimos a la gente que ilusionados vislumbraban una esperanza.
Nótese en el listado de los que no sabían firmar, a Victoriano Martínez y a Cornelio Ferrétiz de "La Reforma" apoyando a don Eleno. Estos ya tenían la experiencia por haber solicitado ejido para "La Reforma" desde el mes anterior. Con ellos al igual que con León Méndez de "El Refugio" y Cleto Reina de "San Diego", que también tramitaban su respectiva solicitud, se veía frecuentemente a don Eleno platicando..........



Fuentes
[1] Solicitud de dotación Labor Vieja. Marzo 9, 1924.
[2] Comentario del Sr. Luis Juárez Ramírez de Labor Vieja.

03 octubre, 2015

El Ejido de Labor Vieja - Su historia. Parte 1

Antecedentes
Labor Vieja - Antecedentes

Hoy en día es un destacado ejido dentro de la geografía de Ciudad Fernández. Su origen se remonta a la Hacienda de La Noria.
A principios de la década de 1920, el actual asentamiento humano del hoy Ejido de Labor Vieja, era solo un humilde caserío[1] donde precariamente vivían los trabajadores que laboraban las tierras de la Hacienda de La Noria. En su generalidad solamente se componía de casas sin ningún orden, de muy pobre aspecto, con gente de muy diverso origen llegada por lo regular de las Haciendas vecinas e incluso desde más lejos.
El campesino por lo regular se acercaba a las Haciendas en busca de trabajo. Cuando bien le iba conseguía del hacendado, a través del administrador, el poder sembrar un pedazo de sus tierras y que por lo cual al momento de la cosecha se le recogería como partido una parte de la misma, pudiendo en algunos casos corresponder a la mitad de ésta o a una parte de tres en otros, todo dependiendo del arreglo convenido.
Por otro lado, el trabajar terrenos de la Hacienda también le comprometía a prestar obligadamente sus servicios en las tareas que la misma requiriera ante la necesidad de mano de obra para limpieza de canales, levantamiento de cercas, compostura de caminos, etc. Las jornadas de trabajo eran largas e intensas y el jornal por lo regular bajo, sin embargo podían vivir dentro de los terrenos de la Hacienda en casas que a bien pudieran ellos mismos construirse con palos, piedras y lodo.
Ante tal situación de pobreza, y con el reclamo de mejores condiciones de vida, fue que la gente del campo se vio envuelta en una lucha armada, a fin de conseguir del gobierno cambios en las leyes que les permitieran tener sus propias tierras, y que trabajándolas les dieran directa y totalmente el beneficio de su esfuerzo.
Con el triunfo de la revolución, y en apego al decreto de don Venustiano Carranza del 6 de Enero de 1915 en donde las tierras de las Haciendas se podían reclamar para beneficio de sus propios trabajadores, fue que entre la gente del campo, hubo quienes con temor y desafiando al hacendado se atrevieron esperanzados a meter solicitud de tierras ante el gobierno.
De los primeros en hacerlo en la región de Ciudad Fernández S.L.P. fueron los de
  •         El Refugio en Noviembre de 1921 con León Méndez a la cabeza
  •         La Reforma en Febrero de 1924 con Victoriano Martínez y Cornelio           Ferrétiz

Con este antecedente, los del caserío del Rancho de Labor Vieja perteneciente a la Hacienda de La Noria, entusiasmados e ilusionados iniciaron también su trámite con don Eleno Medina al mando, en Marzo de 1924.
Don Eleno, una persona que por azahares del destino había llegado procedente del Rancho de La Tapona a ser parte de los del caserío del Rancho de Labor Vieja al igual que muchos otros, era un muchacho güero de ojos claros, inquieto, desinhibido, claridoso, de los pocos que sabían leer y escribir. De acuerdo a la fecha grabada sobre su tumba, se concluye que en ese año de 1924 contaba con 40 de edad. Esposo de doña Silveria Mejía, una morena habitante de “el otro lado” (del río de ese lugar) emigrada del vecino pueblo de Diego Ruíz…….



Fuentes
[1] Informe reglamentario CNA, dotación Labor Vieja p. 2,  A. J. Pérez. Marzo 9, 1928.

01 octubre, 2015

La Hacienda de Tecomates

Sus terrenos tiempo atrás formaron parte de las 27,857 hectáreas que componían la Hacienda de San Diego. Estos estuvieron (junto con los del Rancho de La Tapona y los de la Hacienda de Gallinas) dentro de las 9,176 hectáreas segregadas de dicha Hacienda durante su primera fragmentación (por herencia) después de la muerte de don Paulo Verástegui Ochoa en 1835.
Su casco se enclavaba dentro de una de las orillas de la sierra de Cieneguilla, sobre la falda de un pequeño cerro.
Sus potreros a principios de la década de 1920, se extendían hasta lindar con los de las Haciendas de Gallinas, La Noria, Ojo de Agua de Solano y Cieneguilla.
Tenía una extensión de 3,200 hectáreas[1] de las cuales 445 eran de temporal y 2,755 de agostadero cerril. Además del Rancho de La Tapona, conformaban a la Hacienda de Tecomates otros potreros entre ellos el del Salvial y el de la Lagunita[2]. Colindaba por el Norte con el Rancho de Labor Vieja.
Tecomates
La Hacienda de Tecomates - Mapa tentativo
Pertenecía a la Señorita Ángela García Verástegui. Ésta la había heredado de su madre doña María de Jesús Verástegui de la Vara. La Hacienda de la Boquilla también pertenecía a la familia y de la cual era dueño su hermano Casimiro.
Al igual que la Hacienda de La Noria, su actividad principal era la agricultura. Explotaba sus tierras por el sistema de aparcería, por lo que al momento de la cosecha ésta le recogía al trabajador una parte como partido, en tanto que para la limpieza de canales, compostura de cercas, caminos, etc., también ocupaba a sus mismos arrendatarios o aparceros los cuales estaban obligados a prestar este servicio por pertenecer a la Hacienda.
Junto con las demás Haciendas, la Hacienda de Tecomates era una parte clave en la región. Proporcionaba fuentes de trabajo, aportaba bienes de consumo, contribuía al desarrollo del lugar, etc. Durante mucho tiempo representó una solución de vida en el lugar.



Fuentes
[1] Informe reglamentario CNA, dotación Labor Vieja p. 28, A. J. Pérez. Marzo 9, 1928.
[2] DOF Nov. 15, 1939 p. 13. Resolución Presidencial CNA, dotación Tecomates. Mayo 18, 1938.